Miren qué linda la imagen de un tractor amarillo destruyendo música mientras un policía vigila con un palo en la mano. Según informan, el material “fue aplastado con maquinaria vial para su inutilización”, como si fuera cocaína de alta pureza. La diferencia entre la música y la cocaína es que la segunda mata. ¿Por qué destruyen la musiquita entonces? Porque el sistema con que fue grabada es ilegal. Pero no destruyen el sistema, sino los discos. Que sería como aplastar con un tractor a los leprosos para curar la lepra. ¿Por qué no regalan los discos a las escuelas, a las hemerotecas, a las radios alternativas o al archivo sonoro de la nación? Porque es más divertido subirse a un tractorcito y sacarse fotos. Y además se le puso un precio a la masacre: cinco millones de pesos. O sea, 12,5 pesos por disco virgen. Una bicoca.
Brillante. Clap clap.
Por lo de arriba, todos los créditos a mi admirado Hernán Casciari, que en pocas palabras pone en evidencia eso que a veces cuesta tanto explicar.
Simpático, sostiene La Tercera que el director del Instituto Libertad y Desarrollo (cuya horrorosa página web no pudimos ver en Firefox), Tomás Flores, señaló que
“los países se mueven a través de las amenazas de sanciones, por esta razón, China va a comenzar a regular si situación en cuanto a respetar los productos del resto (…) aún no ha habido sanción para Chile”.
Ya sabe, así como la gente, los países se mueven a través de las amenazas de sanciones. Con la mano levantada, como se dice.
Como soy intruso e inquieto, -y principalmente porque me sorprendió un estudio sobre propiedad en Chile, el paraíso de la propiedad- me puse a buscar el famoso reporte, donde salieron a lo menos cuatro sorpresas.
1.- Que si uno revisa el informe de la IPRI se da cuenta que efectivamente, Chile es por lejos el país más protector de la propiedad en toda latinoamérica. Más que México, más que Brasil. Y esto no es sorpresa, como usted sabe, los juristas que redactaron la constitución de Pinochet tenían una fijación con el derecho de propiedad, tanto así que este derecho es por lejos el más protegido y garantizado en el ordenamiento jurídico chileno, incluyendo a lo menos tres acciones constitucionales directas pensadas en proteger la propiedad.
2.- De 70 países analizados, Chile aparece en el segundo quintil de países más protectores de la propiedad, junto con España, Francia, Italia, Portugal, Corea y Grecia, por nombrar algunos. Quedando sobre países como República Checa, México y Brasil.
3.- El índice promedio en latinoamérica de protección de propiedad intelectual es 4,0. Chile, con su 5,3 se ubica 2 en latinoamérica y 31 a nivel mundial, un lugar muy similar al que se ubica en términos generales en todo el mundo.
4.- El que sea un estudio patrocinado por centros de estudio de derecha, sorprende que Chile tenga mejores índices de corrupción (7,3) que de estabilidad política (6,7). ¿Alguien me explica esto?
Worldmapper es un proyecto extremadamente interesante. Su objetivo es construir mapas del mundo no sujeto a condiciones geográficas sino a distintos datos que resultan interesantes.
¿Lo de arriba? Un mapa que explica la concentración de los pagos por propiedad intelectual (derecho de autor + patentes) en el mundo.
Más de la mitad (53%) del valor de todos los royaltys y licencias pagadas en 2002 fueron recibidas en un territorio: Estados Unidos. Grandes proporciones de estos pagos fueron también recibidos en Japón y en el Reino Unido.
Estos fees son los pagos hechos por alguien que quiere usar una idea, invención o creación artística que legalmente le pertenece a otro. Para recibir estos pagos se necesita de un titular de derecho de autor o patentes, quienes permanecen activos por varios añpos después de su invención inicial. Así, de los US$44 mil millones recibidos como pago por royalty y licencias en los Estados Unidos en 2002, buena parte de esto será recibido por obras que fueron realizadas anteriormente a ese año.
Otro buen argumento para saber quien toma las decisiones y de quien son los intereses que se protegen cuando se habla de derecho de autor en el mundo.
En términos simples, las reformas que se han hecho pueden ser explicadas de la siguiente forma:
1.- Nacimiento de una licencia genérica, distinta de la norteamericana. Esta licencia genérica responde a los estándares internacionales establecidos en el Convenio de Berna, Convención de Roma, Tratado OMPI sobre derechos de autor de 1996, Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas de 1996, y la Convención Universal de Derechos de autor de 1971.
2.- Armonización del tratamiento de los derechos morales y de las entidades de gestión. Dado que las licencias portadas a cada uno de los países -como Chile- fueron construidas a partir del modelo norteamericano, muchos sostuvieron la dificultad relativa a los derechos morales que pudieran verse afectados con el licenciamiento con Creative Commons. Si bien hemos sostenido que dada la naturaleza de los derechos morales como inalienables, intransferibles, imprescriptibles e inembargables, las licencias Creative Commons sólo afectan los derechos patrimoniales, se estimó necesario hacer esta aclaración en forma explícita para evitar este tipo de conflictos.
En el mismo sentido se estimó necesario explicitar en la licencia genérica la relación con entidades de gestión, de manera tal de que cada país armonice su licencia en términos de la regulación nacional de entidades de gestión, situación que principalmente en el caso español y francés era especialmente dramática.
3.- Explicitación de que la cláusula de reconocimiento de autoría no permite al licenciatario de una obra dar a entender que tiene una relación o asociación con el licenciante. Esto se pensó para explicitar que no existe relación alguna entre el creador original y el creador de una obra derivada más que la que deriva de la propia atribución en la licencia.
4.- Nueva estructura de compatibilidad con otras licencias libres, con la intención de permitir la interoperatibilidad entre distintos tipos de licencias que compartan determinadas cláusulas.
5.- Clarificación de lenguaje para compatibilizar con licencias MIT y Debian. En el mismo sentido que el anterior, permitir la interoperatibilidad. Lo que queda explícitamente fuera, es la discusión específica relativa a los DRM y Debian, en términos tales de que se eliminara la cláusula que prohibía la distribución de obras con DRM, o que al menos se permitiera la distribución paralela.
La versión chilena de las licencias Creative Commons es la 2.0, por lo que dentro de poco tiempo tendremos noticias respecto de la actualización a esta nueva versión. De más está decir que todos los comentarios son bienvenidos en la lista de correo de Creative Commons Chile, donde invito a todos a participar.
La pregunta que urge a los economistas es si el actual plazo de protección es correcto, y si hay opciones para alentar a los inventores a menor costo social. Plazos excesivos alargan la ineficiencia del monopolio y atraen demasiados recursos hacia la innovación, los que podrían gastarse inútilmente. Asimismo, en algunas áreas tecnológicas el costo de negociar permisos para las diversas patentes sobre procesos eleva los costos legales y se ha transformado en una barrera de entrada para empresas con ideas innovadoras. Por último, en los países desarrollados se teme que la legislación de propiedad intelectual esté condicionada por grupos de presión que no representan a los innovadores, sino a los poseedores de derechos. Un ejemplo fue la extensión del “copyright” en la ley “Mickey Mouse”, propuesta por un lobby encabezado por Disney, cuyos primeros dibujos del ratón homónimo estaban en riesgo de entrar al acervo común. El alargamiento de la vida del “copyright”, que se aplica a creaciones ya realizadas, desvirtúa el propósito de la legislación de derecho intelectual, que es la promoción de nuevas creaciones.
Si bien es un enfoque que está planteado desde el punto de vista de la economía, no deja de ser interesante que en términos públicos un medio como El Mercurio tenga una mirada distinta del discurso sobre el derecho de autor, que hasta hace poco estaba monopolizado por los grandes lobbies del entretenimiento y por las sociedades de gestión.
Estoy leyendo un ensayo notable que mi admirado Malcolm Gladwell publicó en el New Yorker en noviembre de 2004. En él, Gladwell cuenta varias historias de usos no autorizados de obras protegidas por derecho de autor, planteándose varios problemas importantes para en definitiva analizar como la creatividad entra en juego cuando existen copias literales de obras ya existentes y manifestando la delgada línea que separa el plagio de la verdadera creatividad.
En una de estas historias, cuenta de la escritora británica Bryony Lavery que basó una obra teatral en buena parte en las investigaciones y la vida de la psiquiatra Dorothy Lewis, especialista en asesinos en serie, y en un artículo escrito unos años antes en el New Yorker por… Malcom Gladwell!.
Gladwell intenta descubrir cual es el criterio que separa un plagio de una creación derivada directamente de una preexistente. Y es una aventura sumamente complicada.
Explicando el enojo de Lewis por el uso no autorizado de su obra académica y de partes de su vida en la obra de Lavery, Gladwell señala
Ella (Bryony Lavery) estaba escribiendo una obra acerca de algo completamente nuevo: acerca de lo que podría pasar si una madre se encuentra con el hombre que mató a su hija. Y ella usó mis descripciones de la obra y el resumen de la vida de Lewis así como un ladrillo sirve a un edificio. ¿Que acaso no es esa la forma en que se supone que la creatividad funciona? Viejas palabras al servicio de una idea nueva no es problema. Lo que inhibe la creatividad son las nuevas palabras al servicio de una vieja idea.
Y este excelente ensayo me vino a la mente cuando me encontré con un post de mi querido amigo Sónico en su blog, donde acusa a Televisión Nacional de Chile de copiar descaradamente el teaser trailer de la nueva película de Darren Aranofsky “The Fountain” en el video que promociona la nueva teleserie del canal chileno “Corazón de María”.
Vean las similitudes ustedes mismos
El teaser trailer de “The Fountain”:
El video promocional de TVN:
La pregunta de fondo es si queremos o no potenciar la creatividad. Y si la respuesta es positiva, entonces la nueva pregunta es cuál creatividad. Y para responder a eso, sepamos que la línea es inmensamente más tenue de lo que pensamos. Para muestra un botón.
Esta semana me he acordado de algunas cosas que señaló alguna vez Carlos desde la distancia respecto del famoso Transantiago (Para los lectores extranjeros, Transantiago se denomina el nuevo sistema de transporte público que tendrá Santiago). Y concuerdo profundamente en la molestia respecto de las críticas que se la han hecho en los medios de comunicación. Seamos francos, el sistema de transporte de pasajeros de Santiago es francamente horroroso. Y un cambio radical, como el que plantea Transantiago, es obvio que tendrá inconvenientes los que en ningún caso debieran cegar el objetivo final que es tener un sistema de transporte decente.
Bueno, esta semana, restando sólo pocos días de su puesta en marcha, le han dado muy fuerte a la campaña de promoción del nuevo sistema. Páginas webs, mapas didáctivos, avisos televisivos, etc, etc, etc, pretenden ilustrar a los usuarios de los beneficios y cambios que supone Transantiago.
Vía Anexo me entero de que uno de estos usuarios ha intentado hacer un interesantísimo experimento con la información que suministran los sitios web.
En su blog, Nicolás ha adaptado los mapas del Transantiago al formato leído por los populares iPods, con el fin de difundir esta información a través de los dueños de estos aparatos electrónicos.
Me encantó la idea. Bajé un par de mapas y casi salté de la silla cuando vi que uno de ellos lucía una licencia Creative Commons. Pensé que si el Ministerio de Transportes le agregó una licencia de este tipo a los mapas de Santiago habría sido la idea más fantástica del gobierno para que se reprodujera libremente esta información a todos los interesados. Pero no.
Como pueden ver en el screenshot, todo el trabajo que ha hecho Nicolás es ilegal. Para seguir publicando estos mapas para iPod o para PDA, debe contar con la autorización expresa del Ministerio. Yo me pregunto para qué tanto celo con los mapas. ¿No que la idea es que se difundan a la mayor cantidad de gente posible? ¿No que repartirán un mapa por hogar?
Dejando de lado que toda esa información, esos volantes y mapas fueron pagados con dinero de todos nosotros, tener restricciones como estas para la reproducción de la información es además de absurdo, contraproducente con los mismos objetivos finales del nuevo sistema de transporte.
Y eso, sí que es para criticarlo.
Quizás para muchos de ustedes la historia que les voy a contar -resumidamente, claro- es una historia que puede parecer lejana. Si creen eso, es porque la historia del rap y del hip hop para muchos de nosotros es lejana.
Como forma de manifestación contracultural, el hip hop siempre fue marginal. Marginal de las estructuras sociales, marginal, ciertamente, en la industria musical.
Por eso una de las formas más comunes que los artistas hiphop tuvieron en los ochenta en Estados Unidos para comunicarse con otros musicalmente fue a través de mixtapes y presentaciones en vivo. Y esta forma de darse a conocer, como pueden imaginarse, fue evolucionando en la medida en que evolucionaba en paralelo la tecnología. De las viejas cintas magnéticas que recopilaban tracks se pasó gradualmente a CDs compilados para llegar finalmente al intercambio de archivos vía sistemas p2p como Soulseek y sus salas de chat.
Como explica Manuel Almeida, un mixtape es un conjunto de mezclas personales que montan los DJ para darse a conocer en la calle y clubs, y en las que muestran sus gustos musicales, su talento como mezcladores, sus contactos y su capacidad para estar informados de lo último en materia discográfica. En estos ‘mixtapes’, que conservan el ‘tape’ original de cuando comenzaron a grabarse en cintas de casete aunque ahora ya van en CD, se suelen incluir fragmentos de lanzamientos discográficos inéditos, auténticas primicias, junto a nuevos ritmos, las propias aportaciones del DJ y temas ya conocidos. Los ‘mixtapes’ suelen venderse en la calle y con un claro objetivo de promoción para su autor.
La semana recién pasada fue arrestado [link a video] DJ Drama, una de las figuras más importantes del género mixtape. Sus compilaciones “Gangsta Grillz” -que pueden ser conseguidas sin mayor esfuerzo en redes p2p- han servido para definir el rap sureño de la última década.
La policía confiscó -entre otras cosas- más de 80.000 discos, sin hacer distinción alguna entre sus famosos compilados y meras copias ilegales con fines de venta al público.
Los mixtapes, como es posible suponer, son prácticas por decirlo de alguna manera irregulares. Si bien legalmente son reproducciones de obras protegidas, el hecho que muchas de estas compilaciones a la larga suponen una promoción muchísimo más importante que las prácticas de promoción comunes de la industria hace que la industria en general haga la vista gorda a quienes realizan el trabajo de antologar música que de otra manera muchas veces quedaría condenada al olvido. Tanto así que hay muchísimos ejemplos de músicos que se han beneficiado directamente a partir de estas compilaciones. Según la nota del NYTimes, la carrera de 50 Cent en gran parte se debe a estos mixtapes.
Les decía en un comienzo que al principio todo esto podría sonar muy lejano. Pero en Chile, suceden cosas muy parecidas.
Mientras hace unos años atrás la única forma de encontrar grupos hiphoperos anglo era a través de vendedores de discos regrabados en Estación Mapocho o en el persa Bio-Bio en Santiago, con la masificación de los sistemas de intercambio de archivos vía internet, los lugares de interacción entre los músicos noveles pasó de los escaparates de vendedores de mixers hasta las salas de chat. No es casual, entonces que algunas bandas de chicos jóvenes como los Colectivo Etereo se conocieran a través de la red de intercambios de Soluseek. Estos chicos tienen clarísimas las ventajas del compartir desde el punto de vista del potencia éxito como músicos.
El tema de fondo entonces, es a quien beneficia legislaciones como la norteamericana que por lo pronto a países como los nuestros nos intentan imponer a fuerza de tratados de libre comercio (con pataleos mediáticos mediante). El discurso público dice que protege a los creadores, a los artistas, para que no se mueran de hambre.
Lo que sucede en la realidad es que músicos como DJ Drama terminan perseguidos por la RIAA porque la legislación no es capaz de distinguir un hecho delictivo contrario a los intereses de los músicos (plagio, reproducciones ilegales comerciales masivas) con formas de compartir la música.
Una vez más estamos diciendo que las grabaciones caseras (hoy en la forma de ripeo y quemado) están matando la música. Pero no es así: Existe simplemente como una seña de amor verdadero y del ego que implica compartir música con amigos y amores. Intentar controlar el intercambio de música -matando los sitios p2p o los blogs de mp3 o de Bittorrent o cualquier otra tecnología que aparezca en el futuro- es como intentar controlar un asunto del corazón. Nada podrá detenerlo.
Ya hemos comentado acá mismo sobre que Chile pasó a la lista negra de estados unidos por no proteger debidamente la propiedad intelectual.
Pero tanto en las cartas al director como en notas en distintos diarios además de notas en noticieros televisivos la industria se ha encargado de que el tema se mantenga en las portadas.
Complementando entonces nuestra nota anterior, la siguiente es un listado de las cinco mentiras que se han dicho respecto de la “piratería” en Chile, añadiendo explicaciones:
“1.- El cambio de estatus es gravísimo para Chile“
Es tan grave como lo fue para la Unión Europea durante 13 años (1991-2004) que estuvo en la mismo estatus de observación prioritaria donde calificarán a Chile ahora. Este cambio no es más que una medida de presión para que Chile cumpla con estándares cada vez más estrictos respecto de la propiedad intelectual en general, incluyendo farmecéuticas. Nadie va a dejar de exportar a Chile, ni vamos a tener iPods más caros de los que ya tenemos.
“2.- Chile no ha protegido debidamente el derecho de autor. Las autoridades no han hecho nada para combatirla“
Ya lo dijimos antes, Chile en los últimos años, hemos modificado la ley de propiedad intelectual a lo menos tres veces, y ninguna de dichas obligaciones ha apuntado a mejorar nuestro vergonzoso sistema de excepciones y limitaciones, sino que todas ellas han sido para hacer un sistema de protección cada vez más restrictivo.
Esto sin contar otras modificaciones como por ejemplo relativas a la Reforma Procesal Penal que hacen que determinados delitos derivados de violaciones a derecho de autor puedan ser perseguidos con mayor celeridad.
Y para qué decir que en Chile tenemos protección de nivel constitucional del derecho de autor (19 número 25 de la Constitución Política). Lea de nuevo y pregúntese si no hemos hecho nada.
“3.- Chile es un paraíso para la piratería“
Cuando usted escuche o lea decir esta afirmación o alguna semejante, antes de llamar a su sobrino chico y pedirle el parche en el ojo, pregunte de qué piratería están hablando.
Porque, claro, sepa usted que para la gran industria piratería es cualquier acto de violación a la propiedad intelectual. Y como ya hemos contado antes, si esto así fuera, pues entonces la definición de pirata ya no pasará ni por la pata de palo ni por el plumífero en el hombro. Pasa por una conexión a Internet y un reproductor de MP3.
Bien, y si están hablando de piratería como explotación comercial no autorizada de obras protegidas, pues esa es otra cosa y exija cifras oficiales. Porque todas las cifras que existen, son cifras que la misma industria entrega. Es más, estudios serios sostienen precisamente lo contrario.
Si bien todos hemos visto a quienes venden CDs en la calle, que ahí a que estemos en Ciudad del Este hay una gran diferencia.
“4.- La solución para combatir la piratería es aumentando las penas“
Esta es una falacia que es equivalente a lo que sucede en el derecho penal. Usted seguramente habrá escuchado hablar que hay mucha delincuencia porque las leyes no son lo suficientemente duras. ¿Sí, cierto? Bueno, imagine ahora una pena más dura que la pena de muerte. No hay, ¿cierto? Ya, ahora sepa usted que los estudios demuestran en forma clara que ńo hay aumento alguno en los delitos derivados de esta pena cuando los países eliminan la pena de muerte en sus legislaciones (Roger Hood, The Death Penalty, pág. 214).
Dejando las analogías de lado, y considerando, como dijimos antes, que para la industria piratería es cualquier acto de violación a la propiedad intelectual, pues entonces, querido lector, analice usted si es que su hijo o sobrino va a dejar de descargar música de Internet porque resulta que las penas ahora son mayores. Piense usted que a pesar de estos cambios en la persecusión penal de los delitos derivados de la propiedad intelectual han hecho bajar el número de personas que venden CDs en las cunetas en los últimos años. No, ¿cierto?
“5.- La piratería musical hace perder a los músicos
Este es el argumento más maligno, porque tiene un cariz emocional. ¡Cómo vamos a dejar a nuestros artistas que se mueran de hambre porque no protegemos con ferocidad sus derechos!
Cuando venden un disco compacto, sus músicos favoritos se llevan entre el 2% y el 8% del precio final. Así, cuando usted se compra el último CD de -glup- Alejandro Sanz, el muchacho se lleva harto menos de lo que usted cree.
Por lo demás, uno de los últimos informes de la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), se llama “Internet: Oportunidades, no amenazas, para los músicos de los países en desarrollo“. Más claro, echarle agua.
Diga usted entonces quien miente cuando habla de piratería.
Para nadie es un misterio que este siervo del señor trabaja en la ONG Derechos Digitales hace un buen tiempo. Y claro, además hace las veces de Director de la organización, lo que ha supuesto en los últimos días una agenda bien apretada con cosas por hacer. Se mueren con mi lista de pendientes. Por eso el delay.
Les digo lo anterior porque este post tiene algo que ver con eso. Esta semana se hizo público que el gobierno estadounidense pasó a nuestro país de la “lista de observación” donde se encontraba desde el año 1989 a la “lista prioritaria de observación”, una suerte de lista negra, debido a que Chile no estaría protegiendo debidamente los derechos de propiedad intelectual. Principalmente los derechos de la industria farmacéutica, como bien apunta mi amigo Carlos.
Esto ha provocado un revuelo en el gallinero producto que tiene muchas aristas. Por un lado, la prensa se pregunta si esto podría significar eventuales castigos económicos a Chile, si podemos llegar a un conflicto que resuelvan árbitros, etc, etc etc. Pero la verdad de las cosas es a veces muchísimo más simple. Cuando le consulten del tema, apunte usted lo siguiente:
1.- El “cambio de estatus” de Chile no tiene implicancia alguna importante. Países tan poco serios como la Unión Europea estuvieron durante más de diez años en la lista de observación prioritaria sin que nadie se escandalice y sin que veamos artistas muertos de hambre por las calles de europa.
2.- Además, de más está decir que cada vez son más los países que suscriben este tipo de tratados con estados más fuertes económicamente. Y claro, siempre hay conflictos. Tanto así, que los propios tratados -incluyendo por cierto, este TLC- tiene formas específicas de hacer efectivas las cláusulas cuando los estados no las cumplen. Por tanto, decir que arriesgamos sanciones es igual de absurdo que decir que cuando suscribimos un contrato de arrendamiento arriesgamos que llegue un receptor judicial a expulsarnos por no pago del precio. No sé si se entiende.
3.- Dicen que no estamos cumpliendo los acuerdos que suscribimos en el TLC con Estados Unidos. Paradójico, porque la ley de propiedad intelectual chilena ha sido reformada tres veces desde la suscripción del TLC, incluyendo el aumento del plazo de protección de 50 años (estándar del Convenio de Berna) a 70 años, el estándar norteamericano. Esto sin contar los cambios vía reforma procesal penal pensados precisamente para echar mano a la piratería y acelerar la persecusión penal de quienes cometen delitos derivados de la violación de la propiedad intelectual. En otras palabras, si usted dice que no se está cumpliendo el TLC, lávese la boca con jabón y piénselo de nuevo.
4.- Con la misma energía con la que el gobierno norteamericano quiere que cumplamos con sus propios estándares de protección al derecho de autor, debieramos también exigir que adoptemos algunas de sus medidas de excepción al derecho de autor que contempla su legislación y no la chilena. Esto implica que actos que en Chile son ilegales, en Estados Unidos están amparados por el sistema de derecho de autor. Esto explica por qué -como comentamos alguna vez- en Chile es ilegal pasar canciones al iPod o Mp3 player y en Estados Unidos es una práctica que factura millones de dólares anualmente. Pregúntenle a Apple.