“Y lo siento mucho por los apóstatas de la propiedad intelectual y por los telepredicadores del Creative Commons y del Copyleft y de toda esa sarta de tonterías que lo único que hace es tratar de hurtarle al autor lo más sagrado, lo que más le pertenece”.
Entre otras cosas interesantes, la Corte sostuvo que los videojuegos son un tipo de comunicación que se encuentra protegido por la Primera Enmienda (libertad de expresión) en términos tales que:
Video games qualify for First Amendment protection. Like protected books, plays, and movies, they communicate ideas through familiar literary devices and features distinctive to the medium.
Sostuvo la corte que:
Debido a que la ley (de California) impone una restricción sobre el contenido de un discurso protegido, es inválido a menos que California pueda demostrar que pasa por el control estricto (‘strict scrutiny‘), es decir, que está justificado por un interés gubernamental apremiante y que está estrictamente definido en atención a ese interés (…) California no cumple con ese estándar. Los estudios psicológicos que pretenden mostrar una conexión entre la exposición a videojuegos violentos y sus efectos perjudiciales en niños no demuestran que dicha exposición provoque que los menores actúen agresivamente. Cualquier efecto demostrado es pequeño e indistinguible de los efectos producidos por otros medios de comunicación. Dado que California no ha decidido restringir esos otros medios de comunicación -por ejemplo, los dibujos animados del sábado por la mañana- su reglamentación respecto de los videojuegos es tremendamente no inclusiva (‘underinclusive‘), y levanta serias dudas acerca de si el Estado está persiguiendo el interés que invoca o más bien está perjudicando un punto de vista particular.
Si bien la ley de California es ligeramente más estricta respecto de sus medidas, guarda ciertas similitudes con el proyecto de ley presentado por los diputados Arenas, Cubillos y otros (Boletín 5579-03) y que se encuentra hoy en su segundo trámite constitucional. Dicho proyecto pretende evitar los efectos negativos que tendrían los videojuegos violentos en la conducta de los menores de edad, a través de una serie de medidas relativas a la venta y calificación de los mismos. En su momento la ONG Derechos Digitales fue invitada a informar y propuso una serie de cambios al texto basados básicamente en la experiencia comparada y en las evidencias empíricas existentes.
El fallo de la Corte permite poner el foco en a lo menos dos asuntos que creo son importantes.
UNO
Cuando se trata de asuntos vinculados a nuevas tecnologías, suele ocurrir un efecto que me gusta llamar legislación contingente, ese particular impulso que suele atacar a nuestros políticos cuando existe un caso que conmociona a la opinión pública -por más excepcional que él sea- y donde una nueva ley parece ser la solución ante la alarma pública. Casos hay varios, pero los temas favoritos están casi siempre vinculados a la creación de nuevos tipos penales o aumento de las penas a los ya existentes, y al combate de la pornografía infantil. Producto de esto, de pronto nos vemos rodeados de proyectos de ley absurdos y de dudosa viabilidad política.
Para algunos de nosotros, antes que la histeria legislativa o la premura por aparecer pronto en la prensa, el ejercicio legislativo debiera ser un proceso deliberativo, abierto a la participación, pero fundamentalmente basado en la evidencia y no en la intuición. Respecto del proyecto de ley de California, hubo un informe especialmente contundente presentado por EFF (texto completo en PDF) donde me llamó la atención la referencia a la estadística cruzada respecto de la violencia juvenil y la venta de videojuegos, que demuestra la inexistente relación entre masificación de videojuegos y el aumento de la violencia.
Pero bueno, claro. A veces será mucho más fácil esgrimir prejuicios ante la evidencia de los datos.
DOS
De pronto en Chile mucho hablamos sobre la importancia de la libertad de expresión. Pero pese a ello, Chile sigue apareciendo reiteradamente en los índices de incumplimiento de estándares de Human Rights Watch y es uno de los pocos países de la región que en democracia ha tenido periodistas con asilo político en Estados Unidos. Y, bueno, para el Informe Anual de Libertad de Expresión del Centro de Derechos Humanos de la UDP internet es algo perteneciente o a una realidad paralela o bien a un futuro lejano, donde los derechos no se ejercen. Quizás en parte esto puede explicar las dificultades que existen cada vez que se quiere argumentar, en los casos concretos, respecto de la importancia de la protección de la libertad de expresión. Y estoy pensando básicamente en lo complicado que resulta argumentar desde la órbita de la libertad de expresión en casos de oposición de nombres de dominio, o lo difícil que fue, dentro del debate sobre la reforma a la ley de propiedad intelectual, explicar cómo un sistema de notice & takedown privado ante eventuales infracciones a derechos de autor era una medida constitucionalmente inaceptable desde la óptica de la protección de la libertad de expresión.
El que la Corte Suprema norteamericana sostenga que los videojuegos son de aquellas expresiones que la Constitución protege desde la óptica de la Primera Enmienda nos da una lección de la importancia de entender que ciertas medidas legales pueden entrar en conflicto serio con nuestras garantías fundamentales y esto, finalmente, debilita nuestra democracia.
Nunca más cerca que hoy está esta coqueta novia de América. Te queremos… Te queremos hablar, te queremos decir algo, Copa Libertadores. Queremos que nos acompañes por un año. Vas a ver cómo te queremos en Chile, vas a conocer de nuestra hospitalidad, Copa Libertadores de América. ¿Por qué has sido tan esquiva, Copa Libertadores de América? ¿Por qué no has querido venir a nuestras vitrinas? Te hemos abierto las puertas cuatro veces y has dicho que no, coqueta Copa Libertadores de América. Hoy nos hemos vestido de frac, nos hemos puesto la mejor ropa para verte avanzar, reina soberana… Para instalarte en la vitrina grande de la calle Cienfuegos. La fiesta está dispuesta, los músicos están en el escenario… ¿Bailemos un vals? ¿Te parece? Te quiero apretar con cariño, te quiero apretar con emoción, te quiero derramar una lágrima, porque nos ha costado tanto… ¡Copa Libertadores de América, qué cerca que estás! ¡Te queremos tener, te queremos agarrar y no entregarla por mucho tiempo más!
La música es parte fundamental en mi vida, pero rara vez escucho radio. Esas pocas ocasiones coinciden casi siempre con traslados en la ciudad como el del martes pasado, cuando cerca de las 22 horas, sintonicé radio Bío-Bío. Era la primera vez que escuchaba el programa Hoy en La Radio, conducido por el periodista Juan Francisco Canales, quien conversaba en vivo sobre temas de contingencia vinculadas a la justicia criminal con Mario Schilling, hasta hace poco vocero de las acciones de la Fiscalía Oriente del Ministerio Público.
Era una conversación respecto del actuar de nuestros tribunales y del sistema penal a propósito del caso de la puesta en libertad de un menor imputado de abusar a una mujer en Lo Barnechea. El ex representante de la fiscalía era quien moderaba, no sin dificultad, el tenor del diálogo liderado por el conductor del programa, quien utilizó con talento todas las frases chichés y los prejuicios asociados al actuar de los tribunales y el problema de la delincuencia. “Pero Mario -inquiría el conductor-, ¿Y si se tratara de tu esposa?”, “Mario, yo entiendo pero y si fuera tu hija la violentada, ¿estarías tranquilo?”. O bien alocuciones falaces requiriendo más mano dura y tolerancia cero y partiendo de supuestos del tipo “tenemos un sistema penal que protege a los delincuentes y no a las víctimas”.
Mi fastidio respecto de lo que escuchaba me hizo reflexionar respecto del rol de la independencia (que la radio de hecho utiliza como slogan) para la libertad de expresión.
Una de las ideas que ha preocupado al profesor Cass Sunstein desde hace algunos años tiene que ver con la tensión existente entre el desarrollo de nuevas tecnologías y la libertad de expresión. Sunstein sugiere que el desarrollo tecnológico vinculado a la distribución de ideas en internet podría amenazar algunos aspectos claves para la política y la democracia. En Republic.com (libro de 2001) sostiene que si internet permite aislarnos de aquellas ideas que no compartimos, de aquellos pensamientos divergentes con nuestras creencias e ideas de bien, podría debilitar parte importante del diálogo democrático. La exposición de nuestras ideas y valores en público permite que ellas sean debatidas y puestas en juicio por quienes no comparten nuestros supuestos para poder así llegar a consensos políticos y construir democracia. De lo contrario, señala Sunstein, sin que nuestras ideas sean desafiadas, corremos el riesgo de tener confianza excesiva, sostener posiciones extremas, despreciar a los demás y, en ocasiones, incluso llegar a la violencia.
Si siguiéramos al pie de la letra la reflexión de Sunstein encontraríamos buenas razones para que los medios entregaran espacio importante a opiniones divergentes a su línea editorial. Si lo piensan, es quizás esa la razón por la que The Clinic en su momento y El Mostrador en estos días, le entregan tribuna a las delirantes, aunque graciosas, columnas de Hermógenes Pérez de Arce, o la razón que explica la presencia destacada de Teresa Marincovic en el diario electrónico. Pero estas no son razones suficientes.
Juan Francisco Canales, Pérez de Arce y la señora Marinovic tienen derecho a decir lo que piensan. A opinar aun si esas opiniones en realidad constituyen disparates. Incluso, recogiendo el guante de Sunstein, existen hasta razones para darles espacio y exponernos, quienes pensamos distinto, a sus ideas. El punto de fondo es que en Chile hay suficientes medios de comunicación como para escuchar discursos alarmistas, falaces, histéricos y, por si fuera poco, profundamente conservadores y clasistas respecto de las políticas criminales. Estamos rodeados de esos medios y de esos discursos que dominan además la agenda política.
Lo que debiéramos esperar de un medio independiente -sea lo que sea signifique-, por tanto, es reflexión, información y contexto. No más alarma, más prejuicios y más intuición, que encontraremos en todas partes con facilidad. Radio Bío-Bío y El Mostrador son dos importantes excepciones en nuestro mercado de medios porque se construyen desde un espacio que -intuyo- de alguna manera representa a quienes creemos en una sociedad más justa, más plural, dialogante y fundamentalmente más igualitaria. Cuando estos espacios deliberativos son cooptados por discursos hegemónicos llenos de intuición y prejuicios los discursos minoritarios se hacen aún más minoritarios y se escuchan a un volumen todavía más bajo.
Delia Derbyshire fue una pionera de la música electrónica. No sólo fue la creadora de la melodía de la serie Doctor Who, fue la madre putativa de Broadcast y Stereolab, sino que hasta sus últimos días se mantuvo activa colaborando con Alphex Twin.
En el video de arriba explica para la BBC algo así como los fundamentos del remixing.
¿Será cierto que las leyes diseñadas hace más de tres siglos, para crear incentivos para la innovación mediante la protección de derechos de los creadores, en la actualidad dificulte la innovación y el crecimiento económico? ¿Será que tenemos normativa que responde a intereses de lobbys económicos más que a evidencia empírica?
Estas dos son sólo dos de las preguntas que pretende responder el Review of Intellectual Property and Growth, estudio encargado por el gobierno británico a un grupo de expertos independientes liderados por el profesor Ian Hargreaves con el fin de evaluar el estado actual de la normativa británica de derechos de autor a la luz de la innovación y el crecimiento económico.
El informe (PDF, 132 páginas, 1.1MB, en inglés) es revelador y contundente. Concluye que efectivamente el sistema británico de derechos de autor no favorece la innovación ni la competencia y debiera ser reformado radicalmente, yendo incluso más allá de los estándares de la UE debiendo incluir excepciones que permitan el cambio de formatos y la realización de copias de archivo, no ponerle trabas a la investigación científica y fortaleciendo las excepciones de parodia y crítica. Además es contundente -sin perder la ironía propia de la isla- respecto del lobby de grupos económicos. Señala:
El lobby es una característica de todos los sistemas políticos y, como una manera de informar y organizar el debate, trae muchos beneficios. En el caso de la política de propiedad intelectual y específicamente la política de derechos de autor, sin embargo, no hay duda de que el poder de persuasión de las celebridades e importantes empresas del mundo del entretenimiento del Reino Unido han distorsionado los resultados de la política. Distorsión adicional surge del hecho (no exclusiva de este sector) que hay una asimetría notable entre los intereses de los titulares de derechos, para quienes las cuestiones de PI son de suma importancia, y los consumidores, quienes han pasado de ser un interés secundario sólo hasta la aparición de internet como un foco de conflictos tecnológicos, económicos, comerciales y culturales.
El estudio contiene diez recomendaciones para la futura política de propiedad intelectual británica, a saber:
1.- Evidencia. El sistema de derechos de autor debiera estar basado, en lo posible, en evidencia empírica y equilibrar los intereses sociales con los intereses privados.
2.- Prioridades internacionales. El Reino Unido debiera impulsar una agenda internacional con economías emergentes basadas en evidencia económica.
3.- Licenciamiento de derecho de autor. a) Establecer un “Digital Copyright Exchange” (un sistema interconectado de bases de datos públicas y privadas relativas a derechos de autor) inter-sectorial para fomentar la transparencia del mercado. b) El Reino Unido debiera ayudar a establecer un sistema de licenciamiento internacional en la UE, que requiera a las entidades de gestión códigos de conducta que apunten al desarrollo de mercados abiertos y eficientes.
4.- Obras huérfanas. Solucionar el problema a través de licenciamientos masivos junto con un sistema expedito de limpieza («clearance») de derechos.
5.- Límites al derecho de autor. Dentro de esta, varias propuestas, entre ellas que el gobierno debe resistirse a adoptar medidas que no perjudiquen la generación de incentivos para los creadores, y el establecimiento de más y mejores excepciones para bibliotecas, archivos, investigación, parodia y cambios de formato.
6.- Enredos de patentes y otras obstrucciones a la innovación. a) Liderar esfuerzos a nivel internacional para evitar problemas derivados de la proliferación de patentes. b) asegurarse de no extender patentamiento sin que exista clara evidencia de sus beneficios. c) Investigar formas de resolver las adversas consecuencias de las marañas de patentes.
7.- Industria de diseño. Se ha subestimado el rol de la propiedad intelectual en este sector y debiera avanzarse en medidas conducidas por la evidencia que exista en la relación entre derechos e innovación.
8.- Cumplimiento. El gobierno debiera tomar medidas basadas en el cumplimiento, educación y crucialmente, medidas para fortalecer el crecimiento de mercados legítimos.
9.- Acceso a pequeñas empresas a asesoría legal. Planes que ayuden a mejorar la accesibilidad del sistema para PYMEs.
10.- Un sistema legal que se adapte al cambio. Se le debiera entregar los poderes necesarios a la oficina de propiedad intelectual para que asegure que el sistema legal apunte a promover la innovación y el crecimiento de mercados eficientes.
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Tres reflexiones a la luz de nuestras políticas públicas tecnológicas.
UNO. De las 132 páginas del informe Hargreaves, en sólo 36 usan la palabra enforcement; en 71 la palabra evidence.
DOS. Pese a que parece algo obvio, el informe indica claramente que las decisiones políticas en materia de derechos de autor debieran ser tomadas en base a evidencias empíricas y no a intuiciones. Es gracioso (James Boyle ironiza preguntándose si no es así, cómo se toman las decisiones, ¿según la astrología?), pero en materia de derechos de autor en Chile la evidencia jamás ha sido un criterio para tomar decisiones. Nos gustan más los petardos y cohetes.
TRES. Desde hace un tiempo estoy obsesionado con nuestras abúlicas políticas tecnológicas. Teniendo en cuenta el ambicioso programa del presidente Piñera, y que existe una orgánica desde hace años respecto de la estrategia digital de Chile, me pregunto ¿Cuántos proyectos de ley se encuentran en el Congreso que hayan salido de los equipos de la Estrategia-Agenda Digital en los últimos dos años? ¿Cuántos proyectos de ley está en este momento el Ministerio de Cultura gestionando por su aprobación en Valparaíso? ¿En base a cuántos estudios se decidió proponer la ridícula licencia GPL-CL? ¿Y por qué se desechó? En Chile, la intuición gana por goleada a la evidencia.
Como se sabe, el submundo de la reventa de entradas es sólo el primer eslabón de una cadena delictiva que pone en serio riesgo el negocio de los promotores de shows y, fundamentalmente, el de esos precarios emprendimientos llamados Ticketmaster y Feriaticket. Es gracias a la reventa que se producen no solo robos sino también manoseos en los accesos y las odiosas tarifas de los cuidadores de autos del Caupolicán y el precio de la Coca Cola Light.
Quisiera que nos detuviéramos un segundo en el tema de los manoseos. Sabido es que los manoseos son provocados por las aglomeraciones, las aglomeraciones a su vez son provocadas por la reventa, la reventa es provocada por los precios de las entradas, los precios de las entradas son responsabilidad de la inflación y la codicia, la codicia es gracias a vaya usted saber qué, pero la inflación se produce gracias a medidas erráticas del Banco Central. El Banco Central es dirigido por un consejero, quien a su vez es nombrado por el Presidente de la República. El manoseo, mis amigos, es causado por el Presidente.
Los legisladores, respecto del proyecto de ley en comento, explican así la conexión entre reventa y muerte:
b) Porque, si así fuera, se provocarían mayores aglomeraciones de personas, caldo de cultivo para generar disturbios en la vía pública, con el consecuente peligro inminente de resultar personas dañadas en su integridad física o síquica, o incluso poner innecesariamente en peligro la vida de asistentes y vecinos del recinto donde se desarrollará el espectáculo.
La noble tarea de criminalizar la lacra de la reventa debiera evitar que nos detuviéramos en detalles, como los procedimientos y la técnica legislativa. Chaqueteros son quienes pretenden echar por tierra el encomiable esfuerzo de nuestros políticos en el Congreso por detallitos, nimiedades, como son confundir artículos del Código Penal. Multas, cuasidelitos, presidio, muerte. Todo vale para conseguir lo correcto, la perfección.
Este es un proyecto que debemos apoyar y promover porque, además de luchar contra diversos flagelos, se hace cargo de los problemas reales de la clase media. Proteger el negocio de esos negocitos familiares llamados Ticketmaster y Feriaticket debiera ser prioridad no sólo de nuestro poder legislativo sino también de nuestra policía y nuestros tribunales. Es un asunto de interés general, de seguridad nacional. La apoyamos, en definitiva, porque creemos firmemente en el bien común, en dios y en el orden público, el mercado y la familia.
Some people see rock & roll as youth culture, and when youth culture becomes monopolized by big business, what are the youth to do?
I think we should destroy the bogus capitalist process that is destroying youth culture by mass marketing, and commercial paranoia behavior control. And the first step is to destroy the record companies.
Hace algunos días se hizo pública la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo criminal donde se confirmó el procesamiento de los propietarios del portal Taringa! al considerar que serían partícipes necesarios en la difusión y reproducción de contenidos protegidos por derecho de autor. Se ha escrito mucho respecto del tema -y acá concuerdo con Mariano- utilizando argumentos falaces de un lado y de otro. Por un lado, es dudoso que Taringa! sea un pobre portal compuesto por contenidos de terceros, un páramo de la libertad de expresión, que de pronto se ve enfrentado a la maquinaria judicial y a la conspiración judeomasónica. Pero también es abusivo que se pretenda hacer responsables por default a los administradores de sitios web por hechos de terceros, incluyendo la criminalización por enlazar. Tengo la impresión que no se trata ni de una cosa ni de la otra.
Parto de la base que es repulsivo que se utilice la vía criminal para llevar adelante la persecución de ilícitos de derechos de autor. Este tipo de ilícitos (cuando existen) debieran resolverse en sede civil y salvo en hipótesis de excepción ser promovidas en sede criminal. No existen buenas razones para sostener lo contrario (¿cuándo ha sido un buen argumento cuando se trata de propiedad intelectual la razonabilidad? ;) ). También creo firmemente que -y no sólo por razones de texto legal- es insostenible considerar que enlazar por sí solo sea un acto que la ley reserve de manera exclusiva a los titulares de derechos. Considerar aquello supone prohibir casi todo lo que hacemos en internet, que se constituye, construye y define a partir de los enlaces.
Tomando lo anterior en cuenta, y que existen cien mil aristas sobre las que echar mano, tres ideas para debatir sobre el tema:
1) ¿Nos hemos preguntado cómo construye Taringa! su cadena de valor? Taringa tiene un muy documentado procedimiento para anunciantes y estudio de mercado respecto de quienes componen la audiencia del sitio. Conocen muy bien, en definitiva, lo que ofrecen y quienes son sus usuarios. Un conocimiento tan acabado debiera suponer que además saben qué es lo que la gente llega a buscar al sitio y cuáles son los artículos más visitados. Es en base a esto que generan publicidad. Si de las 10 fuentes de tráfico que llegan a tu sitio siete se refieren a contenido protegido (software, para ser específico), queda más o menos claro cómo es la construcción de la cadena de valor.
2) El problema es y no es sobre libertad de expresión. Es, porque suponer la responsabilidad del intermediario supone una carga que muy pocos de nosotros podríamos soportar y, por tanto, supondría la desaparición de espacios que de facto se han transformado en un lugar para ejercer la libertad de expresión. Si en nuestro sistema fuéramos responsables por regla general de lo que terceros hacen en nuestras plataformas, ¿Quién de ustedes estaría dispuesto a correr el riesgo de inventar el próximo Facebook?. No es, porque es posible presumir fundadamente que los administradores sabían -y poco han hecho, porque les conviene- del tipo de contenidos ilícitos circulan en el sitio. ¿Ejemplo? Ojo con los keywords según Alexa y esta categoría.
3) Taringa! es un ejemplo feroz de doble estándar de nuestros legisladores y de la industria. De los primeros, porque muchas de nuestras leyes que aplican a internet son aprobadas por ellos a propuesta de poderosos lobbys que pretenden, a través de leyes como las de derecho de autor, mantener sus cuotas de mercado en el mundo digital. El caso de la industria discográfica es de manual. En Chile, sin ir más lejos, todavía algunos representantes de la industria lloran por los pasillos por no haber instaurado un sistema de notice&takedown privado como el de la DMCA. Pero también habla del doble estándar es la industria. Los mismos que rasgan vestiduras respecto de la piratería y de la responsabilidad de estos prestadores de contenidos son quienes se anuncian en él cuando existen beneficios comerciales. ¿No me creen? Miren este ejemplo.
De todas maneras no me malinterprenten. Este no es un artículo contra Taringa. Me parece más bien que en la discusión se están mezclando peras con cachalotes y creo que es un ejercicio interesante poder despejar las variables y hablar en serio -no eliminando enlaces- respecto de la responsabilidad civil que le compete a este sitio en particular en la guerra por la piratería.