Law is poetry II

⎯⎯⎯ Escrito el Martes 22 de marzo de 2011

Se entiende por playa del mar la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas.

Andrés Bello (1781-1865). Artículo 594 del Código Civil Chileno.

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