Jesús como límite a la libertad de expresión

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Fotograma de la película Life of Brian de Monty Python. 

Además de ser democratacristiano y agnóstico, Genaro Arriagada lleva sobre sí la paradoja de ser miembro del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) y haber sido uno de los líderes políticos de la transición a la democracia. Esta semana, nos enteramos que fue uno de los que votó a favor de la formulación de cargos (ojo, PDF que astutamente no se puede copypastear) al programa humorístico El Club de la Comedia de Chilevisión por una serie de sketchs en clave cómica donde se hace mofa de jesucristo.

En larga carta al director de El Mercurio, Arriagada hace sus descargos, explicando las razones de su votación, argumentando que los sketchs son de mal gusto y ofensivos para los valores religiosos de muchas personas, «valor superior en la jerarquía de valores».  Además, que la formulación de cargos hecha por el CNTV no es censura, y que «la libertad de expresión no puede ser un medio para coartar la libertad religiosa».

En mi opinión,  si hay algo contrario al «principio democrático» en toda esta historia son las facultades que tiene por ley el CNTV. Adicionalmente, creo que más allá del “mal gusto” que puedan tener los chistes -algo a todas luces subjetivo- esto pone en evidencia los extraños caminos que a veces tiene la libertad de expresión y la importancia de su defensa. Sólo tres comentarios.

Es dudoso que exista una «jerarquía de valores», y más dudoso todavía es que se sostenga que estas jerarquías tienen respaldo normativo. Por cierto que un sistema legal contiene ciertos valores que como sociedad nos parece razonable proteger. La igualdad, la libertad de expresión, la propiedad, la vida, son elementos tan importantes que los hemos establecido como derechos constitucionales, pero de ello no se colige que haya algunos valores sagrados que a priori sean más importantes que otros. Así como ni siquiera la vida no es un derecho absoluto (piense en la legítima defensa, por ejemplo), habrá algunos casos en que por cierto la honra cederá ante la libertad de expresión. En el caso concreto, incluso suponiendo que existieran estos valores, se necesitan muchos argumentos -que no he visto- para sostener que los valores religiosos de las personas son parte de ellos y todavía un estándar argumentativo superior para decir que la libertad de expresión debiera estar limitado por esos valores. Nada de eso hemos visto en el CNTV para apoyar su decisión.

Por otro lado, y esto lo debe saber perfectamente Genaro Arriagada, la censura no es la única forma de limitar la libertad de expresión. De hecho está en lo correcto, el CNTV no censura, sino que actúa a posteriori, una vez que se ha expresado el contenido. El punto es que de esto no se sigue que sancionar a canales de televisión por el contenido de sus emisiones no sea un acto de limitación de la libertad de expresión. De hecho, las nuevas tecnologías son al mismo tiempo que una importantísima herramienta para desarrollar derechos, una herramienta de control. Las reglas del derecho de autor muchas veces se utilizan para acallar discurso crítico. El celo con que algunos gobiernos supervisan los medios de comunicación son también una forma de limitarla. La concentración de medios de comunicación es una forma de control. Incluso hasta el sistema de asignación de nombres de dominio muchas veces lo es. Si es o no censura, por tanto, no es el punto a discutir. El punto a discutir es si es o no una limitación ilegítima a la libertad de expresión.

Finalmente, la libertad de expresión es una de las bases del sistema democrático. Con libertad de expresión limitada tenemos menos debate público de ideas y menos control del poder. Para limitarla, siempre se nos ocurren razones. Para proteger al pueblo de la herejía, para proteger a nuestros niños, para proteger la nación, la patria o la raza. Incluso no hace mucho se domicilió a Jesús en una oficina de abogados del paseo Ahumada de Santiago para evitar la proyección de una película. La libertad de expresión implica permitir que se publiquen especialmente aquellas cosas que no nos gustan. Frente a los problemas derivados de la libertad de expresión, la respuesta debiera ser más libertad de expresión, no limitarla.

Esta no debiera ser una lucha respecto de si los chistes de Ruminot son o no divertidos. Sirve para evaluar qué tan fuerte es nuestra democracia. La existencia de un ente que no aceptaríamos para regular el «correcto funcionamiento» de las radios, periódicos, libros o blogs, no se justifica desde la óptica de la democracia constitucional. Parafraseando a un querido profesor, el estado de la libertad de expresión en un país es un test de embarazo democrático. Chile -all ways surprising- en este test sale lamentablemente negativo.

 

(Me muero por saber qué opina el Consejo Nacional de Televisión sobre Life of Brian).

 

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Neutralidad de la red a la chilena

Neutralidad significa que los prestadores de servicios de internet no pueden discriminar entre distintos tipos de contenidos y aplicaciones en línea. Garantiza las mismas reglas del juego para todos los sitios web y tecnologías web.

Con esas palabras, la ONG norteamericana Freepress define lo que entiende por neutralidad de la red, ese controvertido concepto que ha concentrado la atención de la web durante los últimos días. Google, hasta ahora férreo defensor de la idea de neutralidad, ha anunciado una confusa propuesta con Verizon (uno de los más importantes ISP norteamericanos), lo que ha provocado una masiva reacción del público como también de expertos respecto del tema de moda.

Mientras en Estados Unidos rasgan vestiduras, el lector desprevenido pensará que para qué nos preocupamos tanto si acá tenemos una flamante ley de neutralidad de la red. Quizás debiéramos llevarle a los políticos y activistas norteamericanos esta solución con sabor a empanadas y vino tinto que dejó contentos a moros y cristianos. A activistas, al gobierno y a prestadores de servicio. Pero no.

Si en un ejercicio hipotético lleváramos nuestra ley como propuesta a la gente de Save the Internet, seguramente nos preguntarían de qué tipo de neutralidad estamos hablando. Porque claro, una de las dificultades que tiene el tema tiene que ver con el aspecto conceptual. ¿Queremos una ley contra el traffic shapping, una ley contra el bloqueo de puertos, una ley que mejore la velocidad y la latencia de nuestras conexiones? ¿O una ley que obligue a la neutralidad?

Dejando de lado por el momento que de alguna manera se requiere cierto tipo de intervención para que la internet funcione, una ley de neutralidad en rigor debiera apuntar a establecer restricciones precisas sobre lo que el ISP puede y no puede hacer con los paquetes que transporta de un lado a otro. Y eso no pasa en la ley chilena. En Derechos Digitales publicamos un pequeño informe sobre el punto donde se tratan varios de estos aspectos con más detención. Yo quisiera detenerme sólo en dos de ellos. Dice la ley,

Art. 24 H.- (…) [Los ISP] No podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red.

1.- Impide que los ISP «arbitrariamente» restrinjan la red. Este eufemismo quiere decir que si el ISP da razones que justifiquen sus medidas de bloqueo o discriminación, entonces está autorizado por la ley. La jurisprudencia chilena es clara respecto de lo que «arbitrariamente» quiere decir respecto del recurso de protección, sosteniendo que algo es arbitrario cuando responde al «mero capricho». Luego, si no responde al mero capricho sino que a cierta justificación (mejor uso de la red, por seguridad, o lo que sea), el ISP está autorizado a bloquear.

2.- Se refiere a actividades, servicios o aplicaciones «legales». Este es un punto que ha provocado importantes reacciones en la discusión norteamericana. Hasta campañas han hecho para evitar una restricción como esta. En Chile, sorpresivamente a todos parece venirle bien. La ley se preocupa de no definir lo que considera actividades «legales» en el contexto de la ley de neutralidad, lo que le deja la mesa servida a que la SCD y/o la IFPI lleguen a acuerdos con los ISP para bloquear puertos y tecnología que eventualmente permita bloquear estos usos considerados «ilegales».  Si usted creía que esta ley le iba a permitir exigir a su ISP que le deje de bloquear sus puertos destinados a bajar películas por Bittorrent, piénselo de nuevo.

Sólo estos dos puntos, además de otras observaciones que puede hacérsele al contenido del proyecto, son lo suficientemente problemáticos como para ser una solución adecuada al problema de la neutralidad de la red en nuestro país. Es más, si una mira el análisis que hizo EFF de la propuesta Google-Verizon, veremos que dos de sus observaciones tienen que ver exactamente con lo mismo que tendremos en nuestra ley de neutralidad, que denominan «Reasonable Network management» y «“Lawful” Content and Wireless Exclusions».

Yo sí creo que es posible tener una regulación en Chile aun cuando en Estados Unidos no se haya resuelto legislativamente. Pero esa regulación debiera ser en serio y no sólo un saludo a la bandera que, finalmente, implica una normativa llena de vacíos y que parece estar más preocupada de entregar mejor información de los planes de banda ancha (algo importante, pero que poco tiene que ver con la idea global de neutralidad de la red) que de entregar garantías eficaces de no intervención.

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En defensa del plagio

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No comparto la idea o el mito del autor como creador y la ficción legal de un propietario de ideas y/o palabras. Creo, por el contrario, que son las corporaciones y los medios los que se benefician con estas ideas y principios. El mito del plagio (“el mal” o “el delito” en el mundo literario) puede ser invertido: los sospechosos son precisamente los que apoyan la privatización del lenguaje.

La gran Josefina Ludmer, a propósito del plagio y del valor de la propiedad intelectual, publica un texto precioso en el suplemento Radar de Página 12.

Fotografía tomada de Página12.com.ar

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La semana del delincuente

SEMANA DEL DELINCUENTE 1 from Juan Pablo Fernandez on Vimeo.

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